viernes, 19 de diciembre de 2008

Cofavic valora la sentencia contra funcionario policial que asesinó a estudiante



COFAVIC, en una nota de prensa, valora como positiva la sentencia emitida por el Juzgado 23 de Juicio del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual se condenó el día de ayer a Yohan Duarte, funcionario activo de la Policía Municipal de Sucre, por el homicidio del joven Javier Antonio Pasero, estudiante de Ingeniería Electrónica, hecho ocurrido el 1 de agosto de 2003, en el barrio La Lagunita de Filas de Mariche.

Según la ONG en el dispositivo de la sentencia, la jueza Anna Luisa Cirrottola dejó establecido que la víctima nunca sostuvo un enfrentamiento con los funcionarios implicados en el hecho y que fue asesinado mientras se encontraba bajo custodia policial. Concretamente, el Tribunal determinó que el 1 de agosto de 2003, los funcionarios Yohan Duarte y Gabriel Eduardo Rodríguez acudieron al barrio La Lagunita de Mariches, donde ingresaron a una casa en la que se encontraba Javier Pasero. Le preguntaron si tenía el apodo de un supuesto delincuente al que estaban buscando y el joven respondió que no. Seguidamente, lo detuvieron sin una orden judicial y sin haberlo encontrado en flagrancia cometiendo un delito. Lo sacaron de la vivienda y lo trasladaron a la calle La Ceiba, donde le dispararon en varias oportunidades. Los funcionarios Rubén Curvelo Figueredo y Joel Duque lo trasladaron al Hospital Pérez de León, donde llegó sin signos vitales.

Al comprobar estos hechos, el Tribunal dictaminó con respecto al funcionario municipal Yohan Duarte, único acusado en este proceso (aunque no es el único implicado), que es culpable de los delitos homicidio calificado por motivos fútiles en grado de complicidad correspectiva; y por uso indebido de arma de fuego, ambos previstos en los artículos 406 (ordinal 1) y 281 (en concordancia con el art. 87) del Código Penal, respectivamente. La pena de prisión que deberá cumplir es de nueve años.

COFAVIC, organización de derechos humanos que hizo acompañamiento psico-social y jurídico a la familia de la víctima durante el desarrollo del juicio, considera positivo que en la decisión la jueza haya ordenado iniciar una investigación a los otros tres funcionarios de la Policía de Sucre que participaron en el operativo policial, desplegado el día que fue asesinado Javier Antonio Pasero. Estos son Leonardo Vegas Palacios, Rubén Curvelo Figueredo y Joel Duque Zambrano.

Además de estos tres agentes, Gabriel Eduardo Rodríguez, el otro policía implicado, no fue juzgado durante este juicio debido a que salió del país en abril de 2006, dos años después de que la Fiscalía 83 del Área Metropolitana de Caracas presentara la acusación de este caso ante el Tribunal 26 de Control del Área Metropolitana de Caracas, el 25 de mayo de 2004. Este último juzgado aceptó la acusación, pero rechazó la solicitud fiscal de acordar una medida preventiva privativa de libertad de ambos imputados. Esta decisión permitió que el agente Gabriel Eduardo Rodríguez evadiera el proceso judicial donde se determinaría su participación en el hecho.

La madre de la víctima, Lesvia Carmona de Bonilla, considera positivo que el Tribunal haya reconocido y establecido que su hijo fue víctima de una violación de derechos humanos y especialmente, que dejara sentado que Javier era una persona valiosa y colaboradora para su comunidad y era apreciado por sus vecinos y sus compañeros de estudio. Sin embargo, considera que la pena es insuficiente para el daño causado a su hijo y a su familia.

A la señora Carmona le preocupa que sea parte del patrón para criminalizar a las víctimas de ejecuciones extrajudiciales, las declaraciones de altos funcionarios policiales presentando información falsa e inexacta sobre las víctimas. En su caso, el director de la Policía de Sucre declaró dos días después de los hechos, en el canal de noticias Globovisión, que Javier Pasero “era un azote de barrio”. En ese sentido, desea rectificar esa información al señalar que su hijo era un estudiante brillante de ingeniaría electrónica en el Instituto Universitario Nuevas Profesiones, quien para el momento de su muerte tenía varios proyectos a desarrollar con su padre, quien también es ingeniero y tiene una empresa familiar dedicada a la producción de equipos electrónicos, hecho demostrado durante el debate en el juicio.

La señora Lesvia Carmona de Bonilla y su familia impulsaron el proceso penal desde su inicio, creyendo con firmeza en que la justicia llegaría. Ella señala que “no existe otra manera de buscar justicia, sino impulsando el caso activamente”.

Para los familiares de víctimas de violaciones de derechos humanos es indispensable que se determine la verdad de lo sucedido. Este es un derecho que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha reconocido, tal como la obligación del Estado de emprender investigaciones serias e imparciales. Saber lo que ocurrió y saber quiénes fueron los agentes responsables de los hechos, es un derecho irrenunciable que tienen los familiares, pero también la sociedad venezolana, la cual tiene el derecho de conocer la magnitud de las violaciones que se cometieron, para que no vuelvan a repetirse en el futuro, expresó Cofavic.

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